BILLETES Y MONEDAS EN NUEVOS SOLES SEGUIRÁN SIENDO DE ACEPTACIÓN FORZOSA
23 Diciembre 2015


Los billetes y monedas con la denominación en Nuevos Soles, que a la fecha se encuentran en circulación o que el ente emisor ponga en circulación en el futuro, continuarán siendo de aceptación forzosa para el pago de toda obligación, señaló el Banco Central de Reserva (BCR).

La Circular 047-2015-BCRP reglamenta la Ley que modificó la denominación Nuevo Sol por Sol.

Asimismo, desde el 15 de diciembre del 2015 y durante el 2016, en los documentos, transacciones, valores, precios, registros y similares expresados en la unidad monetaria del Perú se podrá consignar indistintamente las denominaciones y símbolos correspondientes al "Nuevo Sol" (S/.) y al "Sol" (S/).

A partir del 15 de diciembre del 2015 toda alusión a Nuevos Soles realizada en fecha anterior en documentos, transacciones, valores, precios, registros y similares se considerará efectuada en Soles.

En tales casos no resulta necesario emitir, girar o suscribir un nuevo documento o corregirlo.