
Con los contribuyentes cuyo último dígito de RUC sea 4 ó 5
Con el fin de establecer los plazos relacionados con las declaraciones y pago de impuestos que deben cumplir los contribuyentes, la Sunat aprobó el cronograma de vencimientos de obligaciones tributarias correspondiente al año 2016, que regirá a partir de este mes y se inicia el 12 de febrero.
La Resolución de Superintendencia N° 360-2015/SUNAT, publicada a fines del año pasado, indica que las fechas de vencimiento serán de acuerdo al último dígito del RUC y comprenden los pagos por concepto de Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Además Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), Nuevo Régimen Único Simplificado y Tributos retenidos o percibidos.
Cabe indicar que para este año, las fechas de vencimiento se han agrupado de acuerdo al perfil de los contribuyentes en solo seis días, lo que agilizará y facilitará el cumplimiento de estas obligaciones.
En febrero y por el resto del 2016, los contribuyentes cuyo último dígito de RUC sea cuatro o cinco serán los que iniciarán el cronograma, entre el 12 y 15 del mes que le corresponda declarar.
Asimismo, se establecen las fechas de vencimiento para los pagos correspondientes al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), que deberán efectuarse de acuerdo al cronograma establecido por la Sunat.
Los Buenos Contribuyentes cuentan con un vencimiento especial, que reconoce el cumplimiento permanente de sus obligaciones y les brinda un mayor número de días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.
Para mayor información, los contribuyentes se pueden comunicar con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (desde un teléfono fijo) y 315-0730 (desde un celular).
También podrá solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país. También pueden revisar el cronograma en el portal institucional de la Sunat (www.sunat.gob.pe).