LAS EMPRESAS Y EMPLEADORES DEBEN DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN HASTA 15 DE JULIO
05 Julio 2016


Las empresas que no abonen a sus trabajadores del régimen laboral de la actividad privada las gratificaciones por Fiestas Patrias serán multadas, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

Asimismo, el 15 de julio próximo vence el plazo para que los empleadores realicen el pago correspondiente, el cual equivale a una remuneración mensual exonerada de descuentos como el aporte al sistema de pensiones.

LAS MULTAS
Las sanciones por incumplir con el pago de dicho beneficio social oscilan entre los S/3,950 hasta los S/197,500; ello dependerá del tipo de empresa y el número de trabajadores afectados. Son consideradas una infracción grave en materia de relaciones laborales.

Es así que en el caso de una pequeña empresa, las multas irán entre S/3,950 (1 Unidad Impositiva Tributaria – UIT) hasta los S/39,500 (10UIT). Por otro lado, si las empresas son consideradas de régimen general o no MyPE, pagarán desde S/11,850 (3 UIT) hasta S/197,500 (50 UIT).

En el régimen de la pequeña empresa y trabajadores del hogar, la gratificación equivaldrá al 50% de la remuneración.

DATO

El trabajador recibe dos gratificaciones al año, una en julio (Fiestas Patrias) y otra en diciembre (Navidad) como derecho laboral.
(Fuente: Katherine Maza/Perú 21)